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Servicios electrónicos de “Apostilla Electrónica” y Legislación Electrónica

 

Autorización bajo notario electrónica y servicios de Autorización bajo notario electrónica

 

Notary Public.London ofrece una gama completa de servicios de AUTORIZACIÓN BAJO NOTARIO ELECTRÓNICOS, también conocidos como “Autorización bajo notario remota y “Autorización bajo notario digital”, así como Apostilla electrónica.

 

Por favor, póngase en contacto con nosotros en el correo e­-apostille@notarypublic.london para obtener la Apostilla por correo electrónico en caso de tener alguna consulta sobre cualquiera de los siguientes:

 

• FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA (FEA) por un Notario Público

• FIRMA ELECTRÓNICA RECONOCIDA (QES) por un Notario Público

• Apostilla electrónica también conocida como ‘E­-APOSTILLA’: son emitidas por la Oficina de Extranjería de Sus Majestades del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Mancomunidad de Naciones (FCDO)

 

 

Estamos completamente equipados para brindar un servicio en línea para que sus documentos sean certificados y firmados electrónicamente por un notario del Reino Unido utilizando una Firma Electrónica Avanzada de Notario Público (FEA) o una Firma Electrónica Reconocida de Notario Público (QES).

Los documentos que certificamos electrónicamente satisfacen los requisitos de la Oficina de Extranjería del Ministerio de Exteriores (FCDO) para recibir una Apostilla Electrónica.

Proporcionamos la forma protegida requerida de Autorizaciones bajo notario digitales para su uso en el extranjero, a través de DocuSign, utilizando las autorizaciones bajo notario digitales estándar del Reglamento eIDAS.

La Autorización bajo notario electrónica es una alternativa a la forma tradicional de certificación en papel de documentos físicos en papel que se proporcionan mediante firma original.

DocuSign es nuestro proveedor para firmas digitales protegidas, ya que los formularios ofrecidos por DocuSign generalmente cumplen con los estándares regulatorios de cualquier país del mundo.

DocuSign dispone de una “Plataforma de firma electrónica” protegida y segura que admite todos los niveles de firmas digitales, incluyendo los formularios específicamente requeridos para la Apostilla Electrónica:

 

• Firmas Electrónicas Avanzadas por Notario Público (FEA)

• Firmas Electrónicas Reconocidas por Notario Público (QES)

 

Una vez que se agrega un sello notarial electrónico a un documento digital, ninguna parte puede modificar o cambiar el documento original producido digitalmente. El documento digital está protegido y seguro.

 

En este sentido, un sello notarial electrónico y un timbre notarial, creados utilizando FEA o QES, proporcionan el mismo nivel de seguridad que los documentos autentificados tradicionales en papel.

Durante la crisis de la pandemia de COVID­19, la Autorización bajo notario remota en línea se volvió más común en la práctica notarial.

Después del COVID­19, la Oficina de Extranjería de Sus Majestades del Ministerio de Relaciones Extranjeras y de la Mancomunidad de Naciones (FCDO) garantizó que la Apostilla Electrónica estuviera disponible para los consumidores en el Reino Unido, por primera vez.

A raíz de lo dicho, se permitieron y estuvieron disponibles por primera vez formas especiales de firmas digitales protegidas y seguras, realizadas por un notario público registrado del Reino Unido.

Es posible y está permitido realizar una autentificación electrónica y/u obtener una Apostilla electrónica para muchos tipos de documentos, pero esto sólo se realiza siempre que la parte extranjera acepte la forma electrónica de la documentación. Los tipos de documentos pueden incluir potencialmente los siguientes:

 

  • Poder notarial donde la jurisdicción o el país receptor permite específicamente la firma electrónica (no todos lospaíses permitirán la firma electrónica)
  • Documentos del Registro de Sociedades Mercantiles del Reino Unido certificados por un notario público
  • Documentos del Servicio de Aduanas e Impuestos de Su Majestad certificados por un notario público
  • Certificados médicos certificados por notario público
  • Documentos emitidos por un juzgado o tribunal con sede en el Reino Unido certificados por un notario público
  • Contratos entre diferentes partes certificados por un notario público

 

Por favor, tenga en cuenta que las formas electrónicas de documentos legales siguen siendo un área de la ley en desarrollo y no todos los documentos se pueden firmar o certificar electrónicamente.

Puntos a considerar antes de considerar el notario electrónico y los servicios de Apostilla Electrónica.

 

Se ruega que se tenga en cuenta que en muchos casos la Autorización bajo notario electrónica será rechazada cuando su documento se envíe al extranjero; por ejemplo, la parte a la que envía sus documentos digitales puede rechazar el formulario electrónico y, en su lugar, exigir un documento físico en papel.

Se ruega que tenga en cuenta lo siguiente, antes de consultar sobre nuestros servicios digitales de Autorización bajo notario y Apostilla Electrónica:

 

  • Por favor, consulte el formulario electrónico de Autorización bajo notario con firma digital y la E­-Apostilla será aceptada por el destinatario extranjero al que en última instancia enviará sus documentos digitales.
  • Es mucho más económico establecer con total certeza si el formato digital de sus documentos será finalmenteaceptado o no antes de embarcarse en el servicio electrónico.
  • Al realizar sus controles, siempre que sea posible, intente obtener una confirmación por escrito de que la Autorización bajo notario electrónica y la Apostilla electrónica serán aceptarás y de que no se requerirá una Apostilla en
  • Al realizar sus consultas, el tipo de preguntas que debería hacer son las siguientes:

o ¿ Se aceptarán y aprobarán documentos digitales con certificados de Apostilla Electrónica?

o ¿ Se requiere o no una Apostilla Electrónica separada para cada documento? Por ejemplo, en caso de que esté usted legalizando más de un documento

o ¿ Se aceptarán documentos firmados electrónicamente por un notario del Reino Unido?

o ¿ Es el requisito real un documento físico en papel?

 

Se ruega que consulte nuestros Términos y Condiciones: no emitiremos ningún reembolso si finalmente se requiere una Apostilla en papel o una Autorización bajo notario en papel con una firma original y se rechaza su Autorización bajo notario digital.

 

La obligación de comprobar que la Autorización bajo notario electrónica y/o la Apostilla electrónica serán aceptadas en el extranjero recae enteramente en la persona que solicita el servicio de Autorización bajo notario electrónica y no en el notario público.

 

Si bien es probable que “discutamos informalmente” este tema con usted y le advirtamos sobre este problema, nuestro Contrato con usted en última instancia excluye específicamente la responsabilidad de informarle si una forma electrónica de autorización bajo notario es aceptable.

 

No tenemos ninguna responsabilidad de ofrecerle asesoramiento ni ninguna responsabilidad ante usted en cuanto a si sus documentos serán aceptados o rechazados en caso de que los mismos estén autentificados ante notario en un formato electrónico digital.

 

Tipos de documentos que no pueden recibir E-Apostilla

 

La Oficina de Extranjería del FCDO excluye específicamente las siguientes formas de documentos que pueden recibir una Apostilla electrónica y que, en cambio, solo pueden apostillarse en formato papel:

 

• Documentos de la Oficina General del

Registro Civil(GRO), incluyendo los Certificados de nacimiento en el Reino Unido, las Actas de defunciones en el Reino Unido, los Certificados de matrimonio en el Reino Unido, los Certificados de unión civil en el Reino Unido, los Certificados de adopción en el Reino Unido

• Certificados policiales ACRO

• Certificados del Servicio de divulgación y restricción (DBS)

• Certificados de divulgación para Escocia o Irlanda del Norte

• Certificados de huellas dactilares

• Certificados de membresía de la Asociación de Contadores Públicos Certificados (ACCA)

 

Para obtener más ayuda y asistencia, póngase en contacto con e­-apostille@notarypublic.london

Estamos establecidos para proporcionar Autorización bajo notario electrónica a nuestros clientes.

 

Correo electrónico: e­-apostille@notarypublic.london

 

Gracias a las nuevas y modernas tecnologías, es posible que el notario público ofrezca el siguiente servicio al cliente conocido como “E-Autorización Bajo Notario”, que puede ser utilizado por los clientes que buscan obtener una “E­-Apostilla” o “Apostilla Electrónica”.

 

Estamos completamente equipados para brindar un servicio en línea de firmas de Notarios Públicos creadas por:

 

  • FirmaElectrónicaAvanzada(FEA)
  • FirmaElectrónicaReconocida(QES)

 

La Autorización bajo notario electrónica o E- Autorización Bajo Notario, consiste en que el notario público cree una versión electrónica cifrada digitalmente de la copia en papel del documento notarial, ejecutado originalmente por el cliente notarial. El documento notarial electrónico cifrado digitalmente, llevará consigo una firma digital electrónica única, exclusiva de cada notario.

 

El documento digital autentificado electrónicamente se puede crear en línea, en la misma reunión en la que el cliente realiza la copia en papel del documento autentificado y se puede enviar por correo electrónico a cualquier parte del mundo en la misma reunión.

 

Las ventajas de la Autorización bajo notario electrónica y la apostilla electrónica son la velocidad y la eficiencia, ya que la parte radicada en el extranjero a quien finalmente se envía el documento autentificado puede recibir dicho documento en formato electrónico casi al instante, sin tener que esperar tiempos de mensajería o envío postal asociados con la entrega de documentos en papel.

 

La Autorización bajo notario electrónica requiere que el cliente presente copias electrónicas de los documentos de identidad que se puedan verificar a través del software AML en línea.

 

Es en el plazo casi instantáneo asociado a la entrega del documento, donde radican las ventajas de la Autorización bajo notario electrónica. Además, la Autorización bajo notario electrónica se considera una forma más respetuosa con el medio ambiente de realizar una transacción notarial.

 

Los Estados Unidos y Nueva Zelanda son ejemplos de países que, hasta cierto punto, ya han adoptado sus propios sistemas de Autorización bajo notario electrónica. Los países del Convenio de La Haya también han hecho lo mismo, aunque actualmente sólo una proporción relativamente pequeña de documentos se crea a través de un sistema de Autorización bajo notario electrónica o “E-Apostilla”.

 

Actualmente, no todas las autoridades u organismos extranjeros aceptan un documento de Autorización bajo notario electrónico con “E-Apostilla” o “Apostilla electrónica” y, en la mayoría de los casos, sigue siendo un documento en papel que  debe presentarse y enviarse por mensajería al extranjero.

 

Sin embargo, es probable que esta situación cambie con el tiempo y que la Autorización bajo notario electrónica con “E-Apostilla” o “Apostilla electrónica” aumente en frecuencia de uso y aceptabilidad conforme pase el tiempo. Si bien las viejas tradiciones y valores son difíciles de romper, a medida que el mundo avanza hacia el comercio electrónico, es inevitable que la Autorización bajo notario electrónica con “E-Apostilla” o “Apostilla electrónica” finalmente se popularice y crezca en popularidad a nivel internacional.

 

 

Si está usted pensando en crear su documentación mediante Autorización bajo notario electrónica con el proceso de “E-Apostilla” o “Apostilla electrónica” , deberá verificar con la parte extranjera a la que finalmente se le enviará el documento, que es aceptable optar por este método.

 

Como es el caso con todos los documentos notariales, el documento debe crearse en una forma adecuada y aceptable para el destinatario que reside en el extranjero.

 

Por nuestra parte, estamos completamente equipados para brindar servicios de Notario electrónico y “E-Apostilla” o “Apostilla electrónica” a nuestros clientes y estaremos encantados de responder cualquier pregunta que pueda tener.

 

Para obtener más ayuda y asistencia, envíe un correo electrónico a: e­-apostille@notarypublic.london

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